En la sesión del día de la fecha se polemizo un pedido de informe al Ejecutivo Municipal presentado por la bancada colorada (ANR), por lo que se puede deducir que los ediles no saben que existe una ley de libre Acceso a la información pública.

En el año 2014 se promulgo la ley nro. 5282 de libre acceso ciudadano a la información pública y transparencia gubernamental que en su artículo nro. 12 manifiesta.
Toda persona interesada en acceder a la información pública, deberá presentar una solicitud ante la oficina establecida en la fuente publica correspondiente, personalmente, por correo electrónico, en forma escrita o verbal y en este último caso se extenderá un acta. La presentación contendrá la identificación del solicitante, su domicilio real, la descripción clara y precisa de la información pública que requiere y finalmente el formato o soporte preferido, sin que este último constituya una obligación para el requerido.
Articulo 16 manifiesta cuanto sigue: Plazo y entrega: toda solicitud deberá ser respondida dentro del plazo de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente de la presentación, la información pública requerida será entregada en forma personal o a través del formato o soporte elegido por el solicitante.
Con esto estamos respondiendo una discusión estéril que se llevó a cabo en la sesión de la Junta Municipal en la mañana de hoy, dejando así en evidencia la total falta de preparación y asesoramiento de los representantes de la (ANR). Desde que entró en vigencia esta ley el Concejal o cualquier ciudadano puede utilizar esta herramienta cuando requiera de información pública. Por lo tanto, hacer politiquería por un pedido de informe presentado para su tratamiento en la junta Municipal era totalmente innecesario. Los concejales nuevos y los REKUTU deben de preocuparse por conocer sus deberes y atribuciones.