El ex diputado colorado, Tomás Fidelino Rivas, procesado por caso conocido como de los caseros de oro deberá enfrentar un nuevo juicio oral por supuesta estafa según resolvió la Sala Penal de la Corte que anuló el sobreseimiento definitivo que tuvo.

Los ministros Manuel Ramírez Candia, Luis María Benítez Riera y Alberto Martínez Simón quienes hicieron lugar al recurso extraordinario de casación planteado por el fiscal Luis Piñánez.
De esta manera, anularon la resolución del 2 de diciembre del 2025 del Tribunal de Apelación Penal, Tercera Sala, que ratificó la resolución del juicio oral.
Además, también dejaron sin efecto la resolución del 23 de abril del 2024 dictado por el Tribunal de Sentencia con lo que dispusieron un nuevo juicio oral.
En su recurso de casación, el fiscal Luis Piñánez, había sostenido que la resolución del Tribunal de Apelación Penal era contradictoria con otro fallo anterior de otra Cámara en la misma causa.
El fiscal señala que el 20 de diciembre del 2021, los jueces Héctor Capurro, Juan Carlos Zárate y Cánduda Fleitas, habían declarado la extinción de la acción penal a favor de Rivas por la reparación del daño según el artículo 25 inciso 10 del Código Procesal Penal.
Sin embargo, el 12 de setiembre del 2022, el Tribunal de Apelación Penal, Segunda Sala, había anulado la resolución con el argumento de que se aplicó erróneamente ese artículo y dispuso otro juicio oral.
En un segundo juicio oral, el 23 de abril del 2024, los magistrados Laura Ocampo, Fabián Weisensee y Juan Pablo Mendoza, dictaron también la extinción de la acción penal por la reparación del año con acuerdo de la Cámara de Diputados y la Procuraduría General.
Esto fue recurrido nuevamente por la Fiscalía y el Tribunal de Apelación Penal, Tercera Sala, por fallo del 2 de diciembre del 2025, que ratificó el fallo. Fue contra esto que el fiscal Luis Piñánez planteó casación.
En su argumentación, el ministro Manuel Ramírez Candia dijo que si bien es cierto la calificación inicial es por estafa, pero por los hechos acusados, el Tribunal tiene la potestad de la cambiar la calificación.
Además, que el Tribunal de Sentencia estaba vinculado jurídicamente al primer fallo, para seguir los delineamientos, ya que fue anulado la primera declaración de extinción de la acción penal. También sostuvo que debía tener el consentimiento de la Fiscalía.
Tanto Benítez Riera, que también argumenta al respecto, como Alberto Martínez Simón, se adhieren al voto y con ello, anulan las dos resoluciones y ordenan un nuevo juicio oral.
En el caso, que fue una investigación de Última Hora, el entonces diputado Tomás Fidelino Rivas Benítez habría contratado con sueldo del Congreso a personas que no estarían cumpliendo funciones institucionales.
Los citados funcionarios a su cargo Reinaldo Chaparro Penayo (Chofer), Lucio Romero Caballero (Secretario Privado) y Nery Antonio Franco González (Chofer), en ningún momento estuvieron en sus puestos laborales en la Cámara de Diputados y tampoco en la zona del Parlamento de Asunción en las fechas de las sesiones.
Además, dice la acusación que pese a ello, los mismos habrían firmado las planillas de asistencia (entrada y salida) para figurar como presentes en dichos días siendo certificado con la firma del Diputado Tomás Fidelino Rivas Benítez.