Proponen que un porcentaje de municipios y gobernaciones se destine a compra de medicamentos esenciales

03/09/2026 16:19

En Diputados se presentó un proyecto de ley que establece el destino del aporte mínimo de las municipalidades a los Consejos Locales de Salud para la compra de medicamentos esenciales. El proyectista alega que se busca garantizar el abastecimiento de farmacias sociales a través de la disposición de que los fondos destinados a través de municipios y gobernaciones, en un porcentaje, vayan a la compra de medicamentos esenciales y de esta forma blindar ese fondo.



El diputado cartista Alejandro Urbieta presentó un proyecto de ley por el cual los municipios y gobernaciones están obligados a destinar fondos a medicamentos esenciales. Esta presentación surge en medio del desabastecimiento de los hospitales, uno de los motivos por los que los médicos iniciaron una huelga como medida de fuerza.

El documento que “establece el destino del aporte mínimo de las municipalidades a los Consejos Locales de Salud para la compra de medicamentos esenciales”, es, según el proyectista, una iniciativa que busca garantizar el abastecimiento continuo de estos medicamentos en los servicios de salud del nivel primario, mediante la asignación específica de recursos.

La propuesta tiene como finalidad asegurar la disponibilidad de fármacos básicos en las Unidades de Salud de la Familia (USF) y los centros de atención primaria de cada distrito, para complementar las adquisiciones del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.

En la exposición de motivos, el proyectista sostiene que la escasez recurrente de medicamentos en el sistema público dificulta el acceso a los tratamientos y obliga a las familias a asumir gastos para adquirirlos.

Para Urbieta, el dinero que por ley se transfiere a través de municipalidades y gobernaciones a los Consejos Locales de Salud suele malgastarse en gastos administrativos, por lo que con esta propuesta se busca blindar un porcentaje de los fondos para abastecer a las farmacias sociales comunitarias de insumos médicos críticos.

Aporte de gobernaciones

El proyecto plantea que la mitad, es decir, el 50% de lo que las gobernaciones destinan a los Consejos Locales de Salud, vaya a la adquisición de medicamentos esenciales e insumos médicos básicos.

El saldo sería acreditado a dichos consejos para financiar el servicio, el plan local de salud y sus programas, conforme a la Ley Nº 1032/1996 “Que crea el Sistema Nacional de Salud” y su reglamentación.

Aporte de municipalidades

En el caso de las municipalidades, la propuesta establece una afectación de recursos de acuerdo con la categoría de los municipios, determinada por decreto del Poder Ejecutivo.

La escala prevista es del 4% para los municipios de primera categoría; del 3% para los de segunda y tercera categorías, y del 1,5% para los del cuarto grupo. El saldo resultante también sería destinado al financiamiento del servicio, el plan local de salud y sus programas.

El proyecto establece que las adquisiciones estarían a cargo de las gobernaciones y las municipalidades, para los Consejos Locales de Salud, y deberán ajustarse a los precios de referencia establecidos por la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas y el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.

De acuerdo con lo que los especialistas refieren como indispensable en el vademécum, están estos medicamentos contemplados en la lista para ser adquiridos: pregabalina de 75 mg y 150 mg; glucosamina; complejo B; tamsulosina; dapagliflozina de 10 mg; telmisartán de 40 mg y 80 mg; dabigatrán de 110 mg; apixabán; nebivolol de 5 mg; lamotrigina de 100 mg y pramipexol.

La nómina incluye además levosulpirida de 25 mg, en ampolla y comprimido; clonixinato de lisina de 125 mg más propinox clorhidrato de 10 mg, en ampolla y comprimido; digoxina; espironolactona; salmeterol más fluticasona; ambroxol en jarabe y etamsilato.

También se incluyen insumos como algodón laminado, yeso y materiales de sutura. La propuesta prevé priorizar lo destinado al tratamiento de enfermedades crónicas no transmisibles y afecciones de atención primaria.

En el lista además se contempla la adquisición de otros medicamentos, según las necesidades que se determinen en los distintos municipios, con el propósito de complementar las compras de la cartera sanitaria.

En materia de rendición de cuentas, los Consejos Locales de Salud deberían remitir trimestralmente al Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social y a la Junta Municipal respectiva un informe detallado del inventario y la distribución de medicamentos. La iniciativa también prevé sanciones por incumplimiento.

La propuesta se encuentra en etapa de análisis en las siguientes comisiones asesoras: Asuntos Económicos y Financieros; Legislación y Codificación; Derechos Humanos; Salud Pública; Asuntos Municipales y Departamentales; Presupuesto; Cuentas y Control de Ejecución Presupuestaria; y Reestructuración y Modernización del Estado de la Cámara de Diputados.